Se trata de una suspensión dictada por la Asociación para la Autorregulación de la Comunicación Comercial (Autocontrol) hacia Jazztel como socio de la entidad mencionada, por el incumplimiento de la exigencia que solicitaba el cese de una campaña publicitaria que lanzaba a los consumidores un mensaje confuso y engañoso de ahorro en la contratación de su oferta de ADSL.

Dicha pena se considero como una “infracción grave”, por lo que la Junta Directiva de Autocontrol le impone una suspensión por un período de tres meses.

El origen de la resolución se basa en una denuncia que interpuso el operador ONO contra la campaña denominada “ADSL  Jazztel por 19,95 euros al mes”, que supuestamente pretendía un ahorro anual de 200 euros en comparación con otras compañías de la competencia.

Según la interpretación de la Junta Directiva de Autocontrol, “dado que la publicidad difundida por Jazztel inmediatamente después de la notificación de la resolución del Jurado mantenía inalterado el mismo mensaje cuya cesación ordenó el jurado, sin que las modificaciones inicialmente introducidas fueran suficientes para alterar el citado mensaje y, por ende, para dar un adecuado cumplimiento a la resolución, era necesario concluir que Jazztel había incumplido la obligación que le incumbía en cuanto asociado de Autocontrol de dar adecuado cumplimiento a las resoluciones del Jurado”.

Damián B.

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